viernes, 28 de octubre de 2011

REFORMAS BORBONICAS EN AMÉRICA SIGLO XVIII

Se denomina REFORMAS BORBÓNICAS al conjunto de grandes cambios económicos, políticos y administrativos que impulsaron los reyes borbones de España, durante el siglo XVIII, para la metrópoli y sus colonias. Estas reformas fueron iniciadas por Felipe V (1700-1746), continuadas por Fernando VI (1746-1759) y desarrolladas principalmente por Carlos III (1759-1788). Los objetivos fueron, básicamente, recuperar la hegemonía comercial y militar de España, y explotar y defender mejor los ingentes recursos coloniales.




Las Reformas Borbónicas y las colonias en América: El fuerte incremento de la población colonial durante el siglo XVII creó nuevas necesidades y problemas que los monarcas Habsburgo no pudieron resolver. La lentitud y la corrupción administrativa caracterizaban la administración colonial. Las potencias rivales, Inglaterra y Portugal, se expandían impunemente e inundaban Sudamérica con mercancías de contrabando. A todo esto hay que añadir el excesivo poder que habían adquirido la aristocracia criolla y el clero, quienes se atrevían a desafiar las disposiciones reales que llegaban a América.
Los reyes borbones, principalmente Felipe V y Carlos III, emprendieron la colosal tarea de renovar la vieja estructural colonial que habían dejado los Habsburgo. Apoyados por ministros y asesores ilustrados llevaron adelante las famosas Reformas Borbónicas. Los borbones implementaron nuevas unidades administrativas en América. Crearon virreinatos, como Nueva Granada y Río de la Plata; capitanías, como Venezuela y Chile; y comandancias como Maynas. En 1784 se suprimieron los corregimientos y se implantó el sistema de intendencias, buscando mayor eficiencia en los gobiernos locales. De esta manera se consiguió mejorar la explotación de las riquezas coloniales y la recaudación tributaria. Los borbones hicieron grandes esfuerzos por contrarrestar la hegemonía comercial y marítima de potencias rivales como Inglaterra y Holanda.
El proyecto borbón contempló la renovación del sistema mercantil para que sus colonias sean proveedoras eficientes de materias primas y consumidoras de las manufacturas españolas. La Corona apoyó a la burguesía peninsular favoreciendo la industria y protegiendo sus mercados. En este contexto se fue liberalizando el comercio entre los puertos españoles y americanos, lo que se consagró cuando Carlos III dio el decreto de Libre Comercio en 1778.Esta política debía complementarse combatiendo el contrabando y mejorando la recaudación fiscal a favor de la metrópoli española. Esto provocó fuertes tensiones y guerras principalmente contra los poderosos ingleses y lusitanos. Los conflictos contra los contrabandistas y corsarios británicos, holandeses y portugueses hizo necesario un mayor presupuesto para la armada, el ejército y las milicias. También se construyeron poderosas fortalezas y murallas para defender los principales puertos y ciudades de las colonias. El más importante ejemplo fue la construcción de los castillos del Real Felipe en el Callao.
El reformismo borbónico privilegió a los españoles europeos, “los chapetones”, en el acceso a los principales puestos de confianza en el aparato burocrático. Esto fue un duro golpe para la aristocracia criolla, pero el despotismo de los borbones reprimió duramente todo intento de resistencia. Una de los instituciones afectadas por el despotismo ilustrado español fue la Iglesia Católica. La Corona pretendió afirmar el poder secular sobre el religioso. Esto incluía la restricción de los privilegios y exoneraciones fiscales que gozaban las órdenes católicas. Fueron los jesuitas los que más se opusieron al proyecto centralizador de los borbones, es por ello que fueron expulsados de España y sus colonias en 1767.
El Virreinato del Río de la Plata
El Virreinato del Río de la Plata fue creado en 1776 por orden de Carlos III. Si bien esta primera fundación fue de carácter provisional, en 1778 se realiza la definitiva. Abarcó los actuales territorios de Argentina, Bolivia, Uruguay, Paraguay, partes del sur de Brasil y el norte de Chile. La capital fue situada en Buenos Aires, fundada en 1580 por Juan de Garay bajo el nombre de La Santísima Trinidad y Puerto de Santa María del Buen Ayre.
Las causas de la creación de este virreinato, surgen de la necesidad de la metrópolis de defender sus posesiones al sur del continente de las ambiciones de otras potencias coloniales, como Inglaterra y Portugal. Al encontrarse toda esta zona bajo administración del Virreinato del Perú, el tráfico entre Lima y Buenos Aires era muy lento y hacía difícil organizar la defensa de Buenos Aires en caso de un eventual ataque.
El territorio se dividió en intendencias y gobernaciones, de acuerdo a las nuevas leyes dictadas tras la Reforma Borbónica. Los aborígenes, al igual que en el resto de la América ocupada, fueron repartidos entre distintos grupos de terratenientes que con la excusa de la evangelización, los sometieron a todo tipo de trabajos forzados en condiciones de esclavitud.
La economía en este virreinato seguía el modelo extractivo-exportador, y al igual que el resto de virreinatos y la propia metrópolis, se mostró ajeno a la protoindustrialización surgida en el siglo XVIII y a su posterior evolución. La ganadería, asentada principalmente en Buenos Aires constituyó una importante actividad económica, cuya relevancia se mantiene en la zona hasta hoy en día. La minería no ocupaba el lugar preferencial que poseía en el resto de virreinatos, la actividad minera en el Virreinato del Río de la Plata se limitaba a una serie de yacimientos explotados en la actual Bolivia, sin embargo, desde el puerto de Buenos Aires, se exportaban enormes cantidades de oro y plata llegadas, principalmente, del Alto Perú. El comercio, centrado en la exportación de ganado y derivados, cereales, oro y plata, estaba fuertemente regulado por la metrópolis, lo cual favoreció a la proliferación de actividades contrabandistas. La actividad comercial estaba en manos de unos pocos españoles, los cuales a su vez, detentaban gran parte del poder político.

martes, 18 de octubre de 2011

TRABAJO PRACTICO: VIDA ECONÓMICA Y SOCIAL EN LA AMÉRICA COLONIAL

Economía en América tras la conquista española: La evolución de la economía Colonial, estuvo determinada por orientaciones de carácter mercantilista, por lo que su objetivo primordial apuntaba al mantenimiento y fortalecimiento de la riqueza de la corona Española. El logro de este objetivo dependía de la acumulación de oro y metales preciosos. La minería se constituyó en la principal actividad económica. A la par de la extracción de metales, se da la explotación de innumerables materias primas provenientes del sector agrícola destinadas a abastecer el mercado europeo.

LA MINERÍA: Se constituyó, desde los inicios de la dominación española, en una de las principales actividades económicas. La expansión comercial europea, se traducía en la búsqueda de metales, especialmente oro. Bien pronto la extracción de oro fue superada por la minería de la plata, por el descubrimiento entre 1545 y 1558, de ricos yacimientos de este metal en México. Algunos datos referentes a la explotación minera durante los primeros siglos de colonización española en América Latina (siglos XVI Y XVII) podrán mostrarnos la importancia que tuvo esta actividad para Europa: entre 1503 y 1660, llegaron a España 185 mil kilos de oro y 16 millones de kilos de plata que excedían en tres veces el valor de las reservas europeas. Fue de tal magnitud el desplazamiento sufrido por la minería del oro, que a mediados del siglo XVII la plata representaba el 99% del total de exportaciones minerales de América.
CENTROS MINEROS: La explotación de metales no estuvo centralizada, ni se desarrolló en un sólo lugar. Al contrario, su explotación se llevó a cabo en regiones separadas unas de otras (desde México a Perú) y en un continuo desplazamiento según el hallazgo del metal. El régimen de encomienda aportó la mano de obra necesaria para los distritos mineros y el sustento agrícola para los mismos. Los distritos mineros dependían de las ciudades que los abastecían y también de la suerte de la explotación. Así, un asentamiento que en un momento era exitoso en la explotación, podía quedar convertido en un lugar sin la más mínima muestra de su antigua prosperidad. Este declive se debía al agotamiento de las minas, pero también, a los límites impuestos por la técnica de explotación y a los costos de mantenimiento de la mano de obra.
La organización de la mano de obra indígena: Toda la explotación económica, tanto la explotación minera como la producción agrícola y ganadera en las haciendas de los españoles, se llevó a cabo mediante la organización de la mano de obra indígena. La población indígena de las regiones conquistadas fue repartida entre los españoles que habían participado de la empresa y “encomendada” para su protección. A cambio, la Corona les reconocía a los encomenderos el derecho de recibir tributos de los indígenas y de emplearlos como mano de obra. Así se ordenó un sistema denominado encomienda.
La actividad minera ocupó un lugar central en la economía colonial. En distintas regiones de América, la producción de plata generó un circuito económico basado en el intercambio entre el centro minero, la ciudad donde vivían los españoles y la encomienda ubicada en el área cercana a las minas. En este circuito, se obtenía gran cantidad de metales muy valiosos para la Corona española y para el comercio internacional. Uno de los centros importantes de producción de plata fue la ciudad de Potosí. Además, la Corona española utilizó un sistema similar al del Estado inca para obtener tributos de sus súbditos que se denominaba mita. También hicieron uso de otra forma para organizar el trabajo indígena denominado yanaconazgo.
La Encomienda: La encomienda consistía en la asignación, por parte de la corona, de una determinada cantidad de originarios a un súbdito español, encomendero, en compensación por los servicios prestados. Tras esto, el encomendero se hacía responsable de los nativos puestos a su cargo, los evangelizaba, y percibía los beneficios obtenidos del trabajo que realizaban los nativos.
Durante los primeros años de la encomienda, no existía ningún tipo de regulación ni jurisdicción que garantizase los derechos de los nativos, por lo cual, éstos eran explotados. Con las Leyes de Burgos de 1512 se establecieron una serie de pautas con respecto al uso de la encomienda, y se hizo especial hincapié en el buen trato a los aborígenes. Sin embargo, los abusos continuaron perpetuándose.
El Repartimiento forzado: A la par que la encomienda, funcionaba el sistema de repartimiento forzado. Este sistema, consistía en la rotación por temporadas de los trabajadores nativos, los cuales realizaban obras públicas, al servicio de la administración, a diferencia de la encomienda que era para particulares, a cambio de una remuneración.
La esclavitud: La esclavitud fue el primero de los sistemas de trabajo en emplearse en América. Pero tras el reconocimiento de los pueblos originarios como súbditos de la Corona y los escritos del fray Bartolomé de las Casas que impulsaron las Leyes de Burgos de 1512, la esclavitud de estos quedó abolida, y se reemplazó por sistemas semiesclavistas (la encomienda y el repartimiento). La necesidad de una mano de obra aún más barata que la nativa, impulsó la importación de esclavos del África subsahariana. El comercio de esclavos se consolidó rápidamente y gracias a ello se constituyó el denominado sistema de "comercio triangular", mediante el cual, se importaban esclavos a América, los cuales eran utilizados en los centros mineros y en las grandes plantaciones, las materias primas producidas se exportaban hacia Europa.

Organización Social: La sociedad colonial estuvo organizada mediante las leyes nuevas de 1542 dictadas por el Rey Carlos I de España, las cuales establecían la formación de dos Repúblicas; la primera sería la República de los españoles y la segunda la República de los Indios.
Esta sociedad estamental colonial no incluían a los mestizos ni a los esclavos dentro de esta rígida organización, pero en realidad la sociedad americana se dividía en una clase dominante (los españoles peninsulares y españoles americanos en menor medida) y otra clase dominada (los indios, negros y mestizos), la movilidad social en la clase dominada era imposible, a excepción de los mestizos.

La República de los Españoles:
Nobleza Peninsular o Chapetona: Eran los españoles nacidos en España, y por lo general eran los encargados de las principales funciones o cargos públicos dentro de los virreinatos americanos

Nobleza Americana o Indiana: Eran los españoles nacidos en América, llamados también criollos, descendientes de los primeros conquistadores que habían obtenido grandes riquezas y mercedes del Rey de España.

Españoles comunes: Formada por españoles peninsulares y españoles americanos que no poseían grandes fortunas, ni títulos nobiliarios. Esta clase social se desempeñaba en variadas labores como abogados, médicos, funcionarios públicos de menor rango, militares, comerciantes, etc.

Republica de los indios:
Nobleza Indígena: Estaba conformada por los curacas o caciques sometidos a la autoridad del rey de España, estos líderes indígenas descendían de la antigua clase dominante americana precolombina que como premio a su ayuda a los conquistadores españoles recibieron títulos de nobleza y cargos políticos en sus pueblos. La nobleza indígena estaba exonerada del pago de tributos, además poseían tierras y recibían una educación especial en los colegios de caciques, esta clase social había asimilado la cultura europea, ya que vestían como españoles y practicaban las costumbres de los peninsulares.
Los Hatunrunas (El Pueblo Indio): Eran la mayoría de la población indígena, fue la clase social más explotada y sometida. Los indios eran considerados vasallos del Rey de España y por lo tanto debían pagar tributos y trabajar de manera forzada en las mitas.
Los Hatunrunas eran:
1) Indios de Cédula u originarios: Eran los habitantes indígenas de las reducciones, las reducciones eran los asentamientos fundados por los españoles colonizadores del Nuevo Mundo con el propósito de concentrar a la población indígena para que asimilen la cultura europea, religión y para facilitar el cobro de los tributos. Estos indios poseían tierras para su subsistencia.
2) Indios Forasteros: Conformada por los indígenas que habían huido de sus reducciones para evadir el pago de los tributos, de la mita y de la explotación en general. Eran agregados a nuevas reducciones donde no poseían tierras, pero tributaban menos.
3) Indios Yanaconas: Eran los indígenas que habían huido de las reducciones (ayllus virreinales) y ahora trabajaban en las haciendas de españoles a cambio de un pedazo de tierra para su subsistencia, estos indios se habían convertido en una especie de siervos como en el Feudalismo.
4) Indios Mingados (Jornaleros): Conformado por trabajadores indígenas que vendían su fuerza de trabajo en las minas, pero a diferencia de los indios mitayos (indios de las reducciones que iban a la mina y que trabajaban forzosamente debido al pago de la mita), los mitayos negociaban en mejores condiciones y se constituyeron en obreros profesionales que de esa forma conseguían recursos para pagar sus tributos y subsistir.





VIDA ECONÓMICA EN LA AMÉRICA COLONIAL: El Espacio Rioplatense.
El primer resultado económico de la conquista fue la creación, más o menos rápida, de una economía de subsistencia mediante el uso de la fuerza laboral indígena y la introducción de plantas y animales europeos. En el Tucumán el caballo entró con las tropas de Diego de Rojas y Nuñez del Prado y este último introdujo cabras y cerdos. Santiago del Estero recibió de Coquimbo, en 1556, simientes de trigo, algodón y frutales, sarmientos de vid y ganado. Rápidamente aclimatados, sus frutos fueron llevados por las expediciones que partían de la ciudad para fundar otras.
A breve plazo las ciudades contaron con abundancia de productos de la tierra. El ciclo de producción y consumo de los productos naturales y algunos manufacturados se cerraba dentro de cada unidad urbana. El sentido autónomo de cada economía particular explica las débiles corrientes de tráfico, las cuales operan al sólo efecto de complementar las producciones locales. La incorporación económica de Cuyo le permite abrir un proceso de desarrollo bastante limitado. Las primeras exportaciones de vino, y aguardiente están destinadas a Córdoba; en 1589 aparecen en Bs As, desalojando la producción paraguaya de inferior calidad.
La escasa producción triguera de Bs. As. no alcanzaba a satisfacer la demanda interna y el déficit fue cubierto por la exportación cordobesa. Los pagos se realizaban con mercaderías introducidas por los portugueses. Santa Fe seguía vinculada con el Interior como nudo de comunicación del Paraguay con el Tucumán y recibía lienzos y géneros que pagaba con ganados.
El algodón domina la economía tucumana del siglo XVI, aún de las ciudades de Tucumán y Córdoba, los encomenderos de ambas ciudades recibían algodón en bruto abonándolo con la materia trabajada. El cultivo del algodón y la producción de textiles alcanzaron una destacada expansión con fuertes excedentes que se colocaban en los mercados de Potosí, Bs. As. Chile y Brasil.
Los cambios locales e interurbanos se realizan, esencialmente, sobre la base del trueque. En esta economía natural predomina la llamada “moneda de la tierra” creada por los cabildos fijando los valores de ciertos frutos existentes en la jurisdicción. La más generalizada entre las monedas naturales fue la vara de lienzo que revistió, a veces, el carácter de mero signo de valor.
Existe además un tráfico interregional del Tucumán con Chile, Potosí y Paraguay. A partir de 1590, aproximadamente, Bs. As. será convertida, por las actividades de los portugueses, en foco comercial y centro de atracción de las ciudades del Tucumán a las que ofrece la posibilidad de adquirir esclavos, aceite, hierro, azúcar, y géneros europeos que dejan altos márgenes de beneficio en Potosí. Así, dejan de lado el modesto trueque con Chile, pero como esta región se orienta igualmente hacia Bs As en busca de esclavos, la ruta Córdoba-Santiago de Chile adquiere un nuevo carácter. La fuerza unificadora del tráfico internacional ha conseguido la ruptura del carácter primitivo de una ruta regional. Como detalles menores podemos agregar que los géneros de Chile dejan de interesar en el Tucumán por la competencia de precios derivada de la introducción portuguesa.
Hasta aquí hemos esbozado un esquema dominado por comunidades encerradas en una economía natural, en las cuales la composición de la demanda global señala el bajo nivel de consumo de la masa indígena mantenida en los límites de un mínimo fisiológico. Dentro de estas fronteras económicas no existen mayores posibilidades para el desarrollo por la única acción de los factores endógenos, la transformación de nuestra región, la expansión de su universo económico, estuvo condicionada por el estímulo de una presión exógena: Potosí le proporcionó su impulso inicial.

miércoles, 5 de octubre de 2011

Organizacion politica de America Colonial

El sistema político-administrativo que se estableció en América fue un modelo creado por España. Las instituciones clásicas del mundo español tendieron a mantener las características esenciales en estas nuevas tierras, aunque los criollos y peninsulares tendieron a transformarlas de acuerdo a su realidad.
El rey estuvo a la cabeza de toda la institucionalidad administrativa, jurídica y política. El Consejo de Indias gobernó América por orden real. Para poder controlar y fiscalizar América, la Corona creó, a medida que fue necesario, toda una institucionalidad, parte con residencia en España y parte en América.La política administrativa fue creada durante la Colonia, época que sigue a la Conquista. A través de ella la población se dedicó a cultivar la tierra, a explotar los minerales, a la actividad comercial y a fortalecer el crecimiento de las ciudades. En virtud de ello surge la prosperidad que a su vez permite el desarrollo de la vida social y cultural.
Los vínculos de América con España estuvieron regulados por instituciones que representaban la autoridad y el poder del rey en estas tierras, ya que ellas eran posesiones de la corona y no del pueblo o nación hispana. Así había quedado dispuesto en la Bula Papal Inter Caetera de 1493. Las Indias, como fueron llamadas, pasaron a constituir un bien público que los reyes no podían enajenar o vender, como podían hacerlo con sus otros reinos. Los monarcas se denominaban comúnmente como los reyes de España y de las Indias, para dejar establecida la diferencia entre la administración en territorio español y americano. Sus autoridades no estaban vinculadas entre sí y obedecían jerárquicamente a una sola autoridad que era la persona del rey.
El monarca Carlos V, en 1524, definió una administración para las Indias, creando instituciones que funcionarían en territorios españoles y otros en territorios americanos.
Los organismos que administraron América fueron:
- Consejo de Indias
- Casa de Contratación
- Virreinatos
- Capitanías generales-Gobernaciones
- Audiencias
- Consulado
- Cabildo
El Consejo de Indias y la Casa de Contratación eran organismos que funcionaban en España, mientras que el resto estaba establecido en América.
1) El Real y Supremo Consejo de Indias: En 1519, se estableció en el Consejo de Castilla una oficina destinada a resolver los asuntos de las Indias. De ellas surgió el Consejo de Indias (Valladolid, 8 de marzo de 1523). Las atribuciones del Consejo de Indias, establecidas por el rey, se resumieron en la Ordenanza Nº 2 de 1571. En ella se señalaba qué funciones tocaban el ámbito de lo ejecutivo, lo legislativo y lo judicial, realizando sus actuaciones en nombre del rey.
Al Consejo de Indias le correspondió llevar a cabo dos sistemas de control de la realidad americana. Uno de ellos fue el Juicio de Residencia o examen judicial al cual eran sometidas todas las autoridades al término de sus respectivos gobiernos. Consistía en una rendición de cuentas que se hacía a través de un funcionario delegado, el cual, en el lugar donde había actuado el funcionario examinado, escuchaba a los posibles agraviados. El Consejo aprobaba o rechazaba el informe presentado de acuerdo a los antecedentes reunidos. Si el juicio era negativo, podía implicar el término de la carrera del funcionario. Si, por el contrario, resultaba favorable, lo habilitaba para ascender de grado.
El segundo sistema estuvo constituido por las visitas. Éstas consistían en viajes de inspección, que podían ser generales, cuando se hacían a un virreinato o a una capitanía general, o específicas, cuando se realizaban para inspeccionar la gestión de un funcionario o un suceso particular. Constituían una medida excepcional y, como tal, se la reservó para hechos de primera y grave importancia.
Como organismo legislativo para América, el Consejo de Indias era el encargado de elaborar las ordenanzas, reales cédulas y otros documentos normativos. Como poder judicial, tenia la función de árbitro en los conflictos de competencia surgidos entre las Audiencias, los de las Audiencias con la Casa de Contratación, o los conflictos que se suscitaban entre estos organismos y los particulares. Como tribunal de apelación, era la última instancia para los pleitos entre particulares por sumas superiores a los seis mil pesos de oro.
El real y supremo Consejo de las Indias estaba integrado por un presidente, cinco consejeros y un fiscal. Su función principal era la legislatura, vale decir, formular las leyes para las Indias. Además sugería al rey el nombramiento de los funcionarios superiores para representarlo en los territorios americanos.
2) La Casa de Contratación: Con sede en Sevilla primeramente y luego en Cádiz, tenía a su cargo la organización del tráfico comercial entre España y América. También le correspondía preparar al personal para estudiar y desarrollar la cartografía y continuar las investigaciones de reconocimiento del continente americano. Además debía controlar el proceso migratorio hacia el Nuevo Mundo. La Casa de Contratación era una institución compuesta por un importante número de funcionarios, fue creada para llevar a cabo la política de Monopolio comercial de España. Ésta legitimó su dominio sobre los territorios descubiertos, e intentó impedir que otro reino europeo pudiese obtener las eventuales riquezas a descubrir. Como fue la Corona de Castilla la que se adjudicó los territorios, el puerto de Sevilla, situado al interior de Andalucía y a orillas del Guadalquivir, adquirió la misión de controlar el monopolio. Se eligió este puerto fundamentalmente por dos razones: estaba a salvo de los ataques de los corsarios y de los piratas, y era un puerto castellano. Más tarde, en 1717, Sevilla fue reemplazada por Cádiz, puerto que tenía mejor acceso, pero que se encontraba expuesto a los ataques de piratas y corsarios.
La Casa de Contratación se fundó por cédula del 20 de enero de 1503. Una de sus obras fue la creación de una escuela náutica y de estudios geográficos.
Entre las atribuciones de la Casa de Contratación se encontraban:
a) Control de todo el tráfico comercial de flotas y galeones entre España y América.
b) Registro de todos los que venían a América, evitando el paso de aquellos que no eran cristianos.
c) Jurisdicción civil y criminal durante la travesía de las naves.
d) Tribunal de comercio encargado de aclarar todos los problemas de tipo económico y comercial que tuviesen relación con América.
En 1790, la Casa de Contratación fue suprimida a raíz de la implementación y aplicación de las Ordenanzas de Libre Comercio, que inhabilitaban el principio de monopolio comercial.
3) El Virreinato: América estaba dividida en virreinatos, capitanías generales y presidencias o gobernaciones. Los virreinatos eran gobernados por un virrey, quien fue el representante directo de la Corona. En el siglo XVI se establecieron en América dos virreinatos: el de Nueva España o México (1535) y el de Perú (1544); en el siglo XVIII se incorporaron otros dos: Nueva Granada (1717) y el Río de la Plata (1776).
El virreinato fue la máxima expresión territorial y administrativa que existió en las Indias. Se creó en las célebres Capitulaciones de Santa Fe, firmadas el 17 de abril de 1492 entre los Reyes Católicos y Cristóbal Colón.
El propio monarca definió las facultades del virrey: "Representen nuestra Real persona, y tengan el gobierno superior, hagan y administren justicia igualmente a todos nuestros súbditos y vasallos y entiendan en todo lo que conviene al sosiego, quietud, ennoblecimiento y pacificación de aquellas provincias". El virrey era la máxima autoridad existente en las Indias, por lo que gozaba, en el territorio que se le había asignado, de las mismas facultades que el rey, aunque las instrucciones para su gobierno las recibía directamente del Consejo de Indias.
Por su cargo, ejercía la potestad ejecutiva, le correspondía el gobierno superior del virreinato, en general, y la administración interior, en particular, cuidando especialmente de la paz, sosiego y quietud de todos sus habitantes, del ejercicio del patronato, de las obras públicas, de la defensa de su territorio y de la protección y evangelización de los naturales. El monarca agregó en sus cédulas que daba a los virreyes todo el poder necesario para desempeñar su cometido y les daba su “palabra Real de que todo cuanto hicieren, ordenaren y mandaren en nuestro nombre, poder y facultad, lo tendremos por firme, estable y valedero para siempre jamás".
En su calidad de vicepatrono de la Iglesia, al virrey le corresponda ejercer todas las funciones del Patronato Real en calidad de delegado. Respecto de la Real Hacienda, tenía el control y vigilancia del cobro y administración de las rentas del rey como superintendente de ellas. Finalmente, en lo que toca a la defensa del territorio, sobre su persona recaía el mando supremo de las fuerzas de mar y de tierra, incluido el mando de las Reales Armadas que llegaran desde España con sus almirantes, como lo ordenaba la cédula del 17 de enero de 1593. Con respecto a sus funciones legislativas, podía crear leyes mediante ordenanzas. Éstas, sin embargo, no podían contradecir las que dictaba el propio monarca o el Consejo de Indias en su nombre.
Los virreyes eran designados como propuesta del Consejo de las Indias. Debían proceder de la alta nobleza. La corona española eligió sus mejores servidores para que ocuparan este cargo que significaba una gran responsabilidad. El virrey era el representante personal del rey y por lo tanto depositario del Poder real.

4) Capitanías generales y gobernaciones : Las capitanías generales fueron territorios dirigidos por un jefe militar que desarrollaba el poder civil y judicial. Durante la Colonia eran cuatro capitanías generales: Santo Domingo, Guatemala, Venezuela y Chile. Por último, las gobernaciones eran gobiernos creados en territorios ya pacificadas. El poder lo ejercía el presidente de la Real Audiencia, como era el caso de Ecuador y Bolivia.
Teniente de gobernador: Era el encargado de ejecutar soberanía y establecer poblados en nombre del Gobernador.
Por ejemplo, Francisco de Aguirre siempre cumplió celosamente las tareas encomendadas por Valdivia. El 20 de junio de 1549 fue nombrado teniente de Gobernador de La Serena, con la orden de refundar y repoblar la ciudad que había sido destruida por los indígenas en enero anterior, y también se le entregó el derecho de conceder encomiendas .
5) Las Audiencias : La Real Audiencia era el supremo tribunal de justicia durante la época colonial. Fue un organismo político-administrativo que residía en las principales ciudades de América. Formado por cuatro oidores o magistrados, era tribunal de primera instancia en algunos casos, y de apelación de las sentencias de los jueces inferiores. Se estableció en Chile en 1609.
Las Audiencias fueron el más alto Tribunal Judicial de Apelación en las Indias, con jurisdicción civil y criminal y con amplia competencia, ya que ésta solía extenderse a la jurisdicción eclesiástica. Sobre la Audiencia sólo estaba el Consejo de Indias, al que se podía recurrir únicamente en casos de muy elevada cuantía. Las Audiencias tenían, además, que ocuparse de casos especiales, como los pleitos relativos a los intereses de los indios, para los que solían reservar dos días a la semana. En éstos, los naturales estaban exentos de gastos procesales y se les designaban abogados especiales para que los representaran.
Lo mismo ocurría con los recursos de fuerza (apelaciones a la justicia seglar ordinaria); éstos podían presentarse por los abusos cometidos en las decisiones judiciales de un tribunal eclesiástico. Le correspondía juzgar, en primera instancia, los juicios eclesiásticos de carácter secular, como los problemas relativos a la disposición de los diezmos, a las tierras de la Iglesia y otros semejantes. También veía las causas por los delitos cometidos por eclesiásticos que estaban regidos por la ley civil. Finalmente, conocía, en primera instancia, los casos en que estuvieran en juego los intereses de la Corona y sus funcionarios, y en los llamados casos de corte, que eran una medida de protección al interés social. Debían ventilarse ante la Audiencia y no ante el tribunal del domicilio del demandado y constituían un privilegio en favor de los pobres, personas desvalidas y otras que litigaban en inferioridad de condiciones contra personas o instituciones importantes.
Cada Audiencia tenía un presidente, cargo que generalmente era ejercido por la autoridad política o militar de la zona. Así, el virrey o el gobernador, en su caso, presidieron las Audiencias ubicadas en la capital de su jurisdicción, aunque ciertas Audiencias subordinadas tenían presidente propio. Las Audiencias más importantes coincidieron con los virreinatos en que fue dividido administrativamente el territorio americano: la de México (1527); la de Lima (fundada en 1542); Bogotá (1549), y Buenos Aires (1782).
6) El Cabildo: Fue una de las primeras instituciones que España llevó a América. Fueron el trasplante a América de los municipios españoles de la Edad Media, los cuales eran cuna y defensa de las libertades populares. Los cabildos eran instituciones urbanas que existían en Castilla. Apenas los españoles fundaban una ciudad, se creaba el cabildo. Eran entidades importantísimas, porque representaban a la comunidad y derivaban su nombramiento de ésta, y -caso único- no del rey (debe recordarse que todos los nombramientos los hacía personalmente el rey). El cabildo se ocupaba del gobierno de las ciudades. y tenía jurisdicción sobre el territorio de la misma.
El concejo o cabildo estaba compuesto por los alcaldes o jueces municipales y por los concejales o regidores. El número de los primeros oscilaba de uno, en las pequeñas poblaciones, a dos en las demás; el número de los segundos variaba según la importancia de las ciudades: en villas y pueblos solía haber de cuatro a seis; en las urbes destacadas ocho; en las capitales virreinales, doce o más. Los alcaldes ordinarios ejercían su mandato por un año, al igual que los regidores, aunque hubo casos de ciudades con regidores perpetuos nombrados por el conquistador-fundador o por el propio monarca. Durante los siglos XVII y XVIII la Corona, por necesidades económicas, vendió estas plazas al mejor postor.Además de los alcaldes y regidores, el Cabildo se compuso de una serie de funcionarios entre los cuales se pueden señalar al alférez real (heraldo y portaestandarte de la ciudad), el depositario general (de los bienes en litigio), el fiel ejecutor (inspector de pesas y medidas y de los precios en tiendas y mercados), el receptor de penas (recaudador de multas judiciales), el alguacil mayor (jefe de la policía municipal), el procurador general (representante de los vecinos ante el Cabildo) y un escribano (o secretario que levantaba acta).
Las funciones del Cabildo iban desde el buen gobierno de la ciudad, el control del presupuesto y de las rentas del municipio y el correcto abastecimiento de víveres, hasta la persecución de la delincuencia y la administración de la justicia local. El Cabildo trabajaba a través de sesiones, algunas de las cuales eran públicas y otras privadas. En circunstancias especiales se efectuaban cabildos abiertos, donde participaban los vecinos más connotados de la ciudad. Sin embargo, la norma general fueron las sesiones privadas.


Instituciones de Gobierno y Administración durante la época colonial hispanoamericana
El sistema político-administrativo que se estableció en América durante el periodo colonial fue un modelo creado por España. Las instituciones clásicas del mundo español tendieron a mantener las características esenciales en estas nuevas tierras, aunque los criollos y peninsulares tendieron a transformarlas de acuerdo a su realidad. La base de la estructura se hallaba en los fundamentos de la legitimidad del dominio castellano sobre los territorios americanos, la cual se sustentó en dos documentos.
La Segunda Bula Intercaetera de Alejandro VI, 4 de mayo de 1493, tras el primer viaje de Colón, por la que se otorgaba a los Reyes Católicos la pertenencia a perpetuidad (para la Corona de Castilla) de todas las islas y Tierra Firme encontradas o por encontrar hacia el Occidente y el Mediodía trazada una línea desde el Polo Norte al Polo Sur, distante 100 leguas (cada legua equivalía a 5,6 Km.) hacia Occidente de las Islas Azores y las islas de Cabo Verde, y siempre que no hubiesen estado poseídas por otro príncipe católico.
El Tratado de Tordesillas, 7 de Junio de 1494, celebrado entre la los Reyes de Portugal y los de Castilla y Aragón, por el que se acordó que la línea de demarcación citada en la Segunda Bula Intercetera de Alejandro VI, debía pasar no a cien leguas, sino a 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde.
Por otra parte, el protagonismo del Papa en esta legitimidad territorial se sustentaba en el argumento teológico que era válido durante la Edad Media, por el que el Papa, en cuanto su posición de sucesor de Pedro y vicario de Cristo, era dueño del Mundo, y por lo tanto tenía la facultad para entregar las tierras a quien dispusiera.
En virtud de los documentos anteriormente mencionados, y a la citada doctrina del poder temporal universal del Papa, el asunto quedaba del siguiente modo: Existía una donación personal del Papa a la corona de Castilla, en virtud de la cual la tierra de América pasaba a pertenecer a dicha Corona (y no al pueblo o al Estado español). Esto queda muy claro en el texto del Requerimiento. El Rey se superponía a cualquier otra institución: el Rey era el principal dominador. Nadie más. Solo el soberano podría delegar sus poderes y recuperarlos cuando lo deseara.
1. La fase de Descubrimiento y Conquista corresponde al tiempo de los Reyes Católicos y buena parte del reinado de Carlos I, y se caracterizaba por ser un periodo en que: Las operaciones de Descubrimiento y ulterior Conquista estaban a cargo de particulares, que reclutaban las tropas, las equipaban y llevaban a cabo difíciles expediciones en terrenos hostiles y alejados de la península ibérica, por lo general con nulo apoyo económico por parte de la Corona; Para poder organizar una de estas expediciones, se solía disponer de una autorización muy vaga por parte del Rey, y si ésta era otorgada por un jefe inmediato, solía demás ser precaria. Una vez llevado acabo el objetivo de Descubrimiento y Conquista, el caudillo y sus seguidores se apoderaban de los bienes y de los hombres encontrados en las nuevas tierras, pues ellos eran los que habían arriesgado hacienda y vidas para ese objetivo, iniciando un proceso de explotación desordenado que tuvo como consecuencia la rápida disminución de la población aborigen y un total agotamiento de las riquezas, especialmente de los lavaderos de oro.
2. Pasado este primer periodo de marcada autonomía por parte de los Conquistadores, se produce una segunda etapa, consistente en la “reconquista” de los territorios americanos por parte de la acción legal de la Corona y por los funcionarios del Rey, quienes impusieron un estilo de Gobierno que duró hasta la Reforma Borbónica del s. XVIII. Se trata de una definitiva reacción por parte de la autoridad central del Imperio. A partir de este cambio de política, el Rey estuvo a la cabeza de toda la institucionalidad administrativa, jurídica y política y El Consejo de Indias gobernó América por orden real. Pero para poder controlar y fiscalizar América, la Corona creó, a medida que fue necesario, toda una institucionalidad, parte con residencia en España y parte con residencia en América.
Los vínculos de América con España estuvieron regulados por instituciones que representaban la autoridad y el poder del Rey en estas tierras, ya que ellas eran posesiones de la Corona y no del Pueblo o nación hispana. Así había quedado dispuesto en la Bula Papal Inter Caetera de 1493. Las Indias, como fueron llamadas, pasaron a constituir un bien público que los Reyes no podían enajenar o vender, como podían hacerlo con sus otros reinos. Los monarcas se denominaban comúnmente como los Reyes de España y de las Indias, para dejar establecida la diferencia entre la administración en territorio español y americano. Sus autoridades no estaban vinculadas entre sí y obedecían jerárquicamente a una sola autoridad que era la persona del Rey.
Organismos con los que se administró a la América colonial española
1) Organismos ESTABLECIDOS y FUNCIONANDO DESDE ESPAÑA
La Casa de Contratación
El Real y Supremo Consejo de Indias
2) Organismos ESTABLECIDOS y FUNCIONANDO DESDE AMERICA
Los Virreinatos
Las Capitanías Generales y las Gobernaciones
Las Reales Audiencias
Los Cabildos

Los Cabildos:: El Cabildo fue una de las primeras instituciones que España llevó a América.
Fueron el trasplante a América de los municipios españoles de la Edad Media, los cuales eran cuna y defensa de las libertades populares. Los Cabildos eran instituciones urbanas que existían en Castilla. El régimen municipal de las ciudades en Hispanoamérica fue casi un fiel transplante del municipio castellano. Apenas los españoles fundaban una ciudad, se creaba el Cabildo. El Cabildo jugó un papel importante en la historia del Imperio español en las Indias, ya que fue la única institución donde el elemento social criollo se hallaba ampliamente representado y una de las pocas que poseía cierta autonomía local. Representaban a la comunidad y derivaban su nombramiento de ésta, y -caso único- no del Rey (debe recordarse que todos los nombramientos los hacía personalmente el Rey)

El Corregidor era el funcionario que representaba la autoridad real y presidía el Cabildo. Además administraba justicia en las ciudades pequeñas. Existían, también, los Corregidores de Indios que tenían autoridad sobre la población indígena, actuando como policías y controlando el régimen de trabajo.
Funcionamiento del Cabildo: Funcionaba principalmente de dos maneras:
a) Como Cabildo ordinario o cerrado, en los que trataban materias de rutina, tenía lugar en días fijos de la semana, que no fueran festivos, y que la misma corporación había establecido.
b) Como Cabildo abierto, en los que se convocaba a los principales vecinos de la ciudad cuando había asuntos graves que tratar o de relevante importancia. Aún así no podía acudir todo el vecindario; en estos casos se reunían un pequeño círculo aristocratizante, a quien se había invitado expresamente para deliberar.
Atribuciones del Cabildo
- 1) ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS: distribuía tierras, imponía gravámenes municipales, proveían la policía local, reglamentaba los feriados públicos y las procesiones.
- 2) ATRIBUCIONES JUDICIALES: administraba justicia en lo civil y en lo criminal en primera instancia en todos aquellos casos que no correspondían otros tribunales. De sus fallos normalmente se apelaba ante el Gobernador y finalmente pasaban a la Audiencia.
- 3) ATRIBUCIONES MILITARES. En los primeros tiempos de la Conquista los vecinos de las ciudades tuvieron la obligación de tomar las armas y formar milicias urbanas con el objeto de defenderse de los ataques de los indios o de las incursiones de los piratas.
- 4) ATRIBUCIONES de SALUBRIDAD: A cargo del Cabildo estaba el ornato y aseo de la ciudad; al aseo de las calles y acequias. Reglamentaba la profesión de los médicos, la venta y precio de los medicamentos e inspeccionaba los hospitales.
- 5) ATRIBUCIONES de ABASTECIMIENTO: Fijaba los precios para los artículos de primera necesidad; establecía el salario de los artesanos, médicos y sangradores; fiscalizaba los pesos y medidas por medio del fiel ejecutor.
- 6) ATRIBUCIONES FINACIERAS. Como las rentas municipales en América eran muy pobres, en la mayor parte de los casos estas provenían de los propios y de los arbitrios. Los propios eran las propiedades urbanas y rurales que daban en arriendo para cancha de bolas y reñideros de gallos. Las tierras municipales eran los ejidos (donde los vecinos podían recoger leña, limpiar y descargar mieses); las dehesas (pastizales cerrados para echar ganado a pastar). En algunas ciudades figuraban entre los propios del municipio las penas de cámara (multas, impuestos por el juez local).
- 7) ATRIBUCIONES POLÍTICAS. Si el Gobernador moría en el cargo sin dejar establecido la sucesión, el Alcalde municipal tomaba el mando político de su jurisdicción hasta que el Rey u otra autoridad competente designaran para el cargo a alguna persona.
Para ser miembro del Cabildo era necesario ser vecino de la ciudad. Al respecto dice una ley firmada por Carlos I: Declaramos y mandamos que en la elección que se hiciere en los cabildos de pueblos donde no estuvieren vendidos los oficios de regidores y otros concejiles, no pueden ser elegidos ningunas personas que no sean vecinos y que tuviere casa poblada, aunque no sea encomendero de indios.”

lunes, 13 de junio de 2011

PERIODO DE INTEGRACIÓN

TEMA 1 INVASIONES GERMANAS Y REINOS ROMANOS GERMANOS

http://www.profesorenlinea.cl/universalhistoria/Germanosreinos.htm

http://www.pais-global.com.ar/mapas/mapa16y17.htm

http://www.historicodigital.com/caracteristicas-del-occidente-romano-germanico.html

http://www.tesorillo.com/aes/_map/mapa6.htm

http://www.laguia2000.com/edad-media/los-pueblos-barbaros

http://lahistoriaconmapas.blogspot.com/2009/06/los-reinos-barbaros-durante-el-siglo-vi.html

TEMA 2 EL IMPERIO BIZANTINO

http://www.librosvivos.net/smtc/hometc.asp?temaclave=1103

http://www.pais-global.com.ar/mapas/mapa19.htm

http://www.historicodigital.com/el-imperio-bizantino-justiniano.html

http://www.grandeshechos.net16.net/el%20imperio%20bizantino.htm

http://www.cultureduca.com/histart_bizant_econysoc01.php

http://leccionesdehistoria.com/2ESO/historia/u-d-1-bizantinos-y-carolingios/

http://www.reddeleducador.com.ar/bizancio.htm

http://www.javeriano.edu.co/javeriano/guias/SOCIALES%207%20GUIA%203%20IMPERIO%20BIZANTINO_8.pdf

TEMA 3 LOS ÁRABES Y EL ISLAM

http://www.icarito.cl/enciclopedia/articulo/segundo-ciclo-basico/historia-geografia-y-ciencias-sociales/edad-media/2009/12/79-3059-9-2-arabia-y-los-arabes.shtml

http://www.sepiensa.org.mx/contenidos/historia_mundo/media/islam/que_es/que_es.htm

http://www.librosvivos.net/smtc/hometc.asp?temaclave=1149

http://www.aularagon.org/files/espa/ON_Line/Historia/CMLG10EdadMed/CMLG10Pag8.htm

http://www.icarito.cl/enciclopedia/articulo/segundo-ciclo-basico/historia-geografia-y-ciencias-sociales/edad-media/2009/12/79-6025-9-nacimiento-y-expansion-del-islam.shtml
http://www.extensionuned.es/archivos_publicos/qdocente_planes/1379/islam.pdf

http://www.hdt.gob.mx/php/cathdt/index.php/hdt/catalogo/primaria/6/historia/4/3

http://www.salonhogar.net/Historias_de_Interes/Arabia_e_Islam/Indice.htm

TEMA 4 EL FEUDALISMO

http://www.sepiensa.org.mx/contenidos/historia_mundo/media/feudal/feudalismo/feudo_1.htm

http://www.estuaria.es/departamentos/sociales/SEGUNDO_archivos/Feudalismo/index.htm

http://ares.cnice.mec.es/ciengehi/c/04/animaciones/a_fc_anim02_1_v00.html

http://www.icarito.cl/enciclopedia/articulo/segundo-ciclo-basico/historia-geografia-y-ciencias-sociales/edad-media/2009/12/79-6066-9-1-el-feudalismo.shtml

http://www.librosvivos.net/smtc/homeTC.asp?temaclave=1213

http://ieslamadraza.com/elena/websociales/2eso/feudal/feudal2.html

http://iris.cnice.mec.es/kairos/ensenanzas/eso/media/feudal_01_01.html

TEMA 5 LA SOCIEDAD FEUDAL

http://historiauniversalclase8.blogspot.com/

http://www.juanjoromero.es/blog/2008/10/u2-la-sociedad-feudal/

http://www.saladehistoria.com/Historia_Universal/HH205.pdf

http://recursostic.educacion.es/buenaspracticas20/apls/MediaWiki/index.php/La_sociedad_feudal:_los_estamentos

jueves, 26 de mayo de 2011

TRABAJO PRACTICO INTEGRADOR Nº 1

TRABAJO PRÁCTICO INTEGRADOR Nº 1